SOLUCIONES
VS SII | Gestión del IGIC en Canarias
El 1 de enero de 2019 entró en vigor el nuevo sistema de aplicación obligatoria de llevanza de libros registro del IGIC basado en el Suministro Inmediato de Información (SII) introducido mediante el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, aprobado mediante Decreto 268/2011, de 4 de agosto.
VS SII es la solución que resuelve todas las necesidades de tu empresa para el cumplimiento del SII. Además una de las principales ventajas de VS SII es que es un producto desarrollado y mantenido por VS Sistemas
¿Cuáles son las líneas básicas de funcionamiento del SII?
Los sujetos pasivos acogidos al SII están obligados a llevar a través de la Sede electrónica de la ATC mediante el suministro electrónico de los registros de facturación los siguientes Libros Registro:
- Libro registro de Facturas Expedidas
- Libro registro de Facturas Recibidas
El Sistema de Suministro Inmediato de Información llega a Canarias
¿Qué es el SII?
Es el nuevo sistema de llevanza de los libros registros del IGIC. Se trata de un cambio del sistema de gestión actual del IGIC, pasando a un sistema de llevanza de los libros registro del Impuesto General Indirecto Canario a través de la Sede Electrónica de la ATC, mediante el suministro cuasi inmediato de los registros de facturación.
¿Cómo se envía la información al SII?
1. Por vía telemática mediante Servicios Web basados en el intercambio de mensajes XML.
2. Mediante cumplimentación de un “formulario web” para aquellos sujetos pasivos que realizan pocas operaciones y para facturas aisladas.
¿A quienes afecta?
El SII será aplicable con carácter obligatorio a los siguientes sujetos pasivos que tengan periodo de liquidación del IGIC mensual:
- Inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IGIC).
- Grandes Empresas (facturación superior a 6.010.121,04 €).
- Grupos de IGIC.
El SII también será aplicable al resto de sujetos pasivos que, voluntariamente, decidan acogerse al mismo.
¿A quienes afecta?
-Facturas expedidas
En el plazo de cuatro días naturales desde la expedición de la factura, salvo que se trate de facturas expedidas por el destinatario o por un tercero, en cuyo caso, dicho plazo será de ocho días naturales.
-Facturas recibidas
En un plazo de cuatro días naturales desde la fecha en que se produzca el registro contable de la factura y, en todo caso, antes del día 16 del mes siguiente al periodo de liquidación en que se hayan incluido las operaciones correspondientes (período en que se deduce el IGIC soportado).
¿Cómo funciona VS SII?
En VS Sistemas entendemos que las empresas y sus decisores deben estar al tanto de estas importantes novedades. Por nuestra parte, consideramos fundamental ponernos a trabajar desde este instante para hacer una completa adaptación de las distintas versiones de Microsoft Dynamics a esta nueva normativa.
Desde VS Sistemas se les ofrecerá VS SII, una mejora adicional en la comunicación con la plataforma de la ATC, con procesos automáticos configurables para evitar tareas tediosas.
Por otro lado, las empresas con una versión no soportada o que no trabajen con Microsoft Dynamics requerirán de un análisis y estudio individualizado (por parte de VS Sistemas) para poder adaptarse al nuevo SII. A éstos se les ofrecerá tanto la gestión de la información necesaria por la nueva normativa (algo no incluido en su versión actual del ERP), como los componentes necesarios para el envío y recepción de dicha información, al igual que en el caso anterior para evitar tareas tediosas.
Consulta aquí las cuestiones generales más frecuentes sobre el SII.
¿Quieres más información?
Obtén la hoja de producto en PDF en tu dispositivo
¿Cuáles son las ventajas de VS SII?
colaboramos y somos partners de